Nueva Ley de Protección de Animales de Compañía en Madrid

Nueva Ley de Protección de Animales de Compañía en Madrid

La Asamblea de Madrid ha aprobado hoy con el voto a favor de todos los grupos políticos una nueva Ley de Protección de Animales de Compañía, un texto que establece la prohibición de matar animales de compañía y solo se permite por motivos considerados humanitarios, de salud pública, de sanidad animal o de seguridad. En ningún caso se incluyen en estos, la larga permanencia de animales en los centros de recogida, ni en otros centros para el mantenimiento temporal, independientemente del tiempo transcurrido desde su entrada.

La Ley considera maltrato cualquier conducta, tanto por acción como por omisión, mediante la cual se someta un animal (de compañía) a un dolor, sufrimiento o estrés innecesarios y además se especifican y amplían los casos de maltrato. Se introduce la prohibición de mantener animales en vehículos estacionados sin la ventilación y temperatura adecuada; la de llevarlos en maleteros; la de mantenerlos atados o encerrados por tiempo o en condiciones que puedan suponer sufrimiento o daño injustificado para el animal.

Para luchar contra estas y otras prácticas, la norma prevé multas que oscilan entre los 300 y los 45.000 euros para infracciones muy graves como el maltrato o el abandono de animales. La sanción se podrá incrementar además con la inhabilitación del infractor para la posesión de animales durante un plazo de hasta 15 años.

El texto establece que los establecimientos de venta de “mascotas” facilitarán la adopción de animales de compañía mediante la colaboración con los centros de acogida de animales abandonados.

La venta de perros y gatos en estas tiendas se realizará a través de catálogos o medios similares que no requieran la presencia física de los animales en las tiendas, salvo en los centros de venta que cumplan determinadas condiciones de salubridad y espacio y sean autorizadas por el Gobierno regional. También se exigirán los reglamentarios requisitos de espacio y condiciones adecuadas para la venta habitual de peces, reptiles, roedores, conejos, hurones y pájaros de jaula criados en cautividad.

Cuestiones que no se incluyen en la ley

Al falta de conocer el texto definitivo de la Ley que se publicará mañana en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, existen cuestiones que no quedan claran y otras propuestas que han sido rechazadas como la prohibición de los circos con animales, festejos taurinos y tiro al pichón.

Sacrificio cero y tiendas de animales

–  Se desconocen los mecanismos que se van a crear para fomentar la adopción de animales y cómo se facilitará la adopción en las tiendas en las que se vendan animales, y qué criterios se van a considerar para establecer las excepciones por las que se seguirán matando animales de compañía.

Circos con animales y festejos taurinos

– Se seguirán permitiendo los circos con animales y los festejos taurinos.

Pequeños animales

– No se han tenido en cuenta a los pequeños animales, como roedores, conejos, hurones, etc., así como los animales exóticos que seguirán siendo expuestos en las tiendas.

Tirón al pichón

– A pesar de que la prohibición del tiro al pinchón se incluía en una enmienda, esta ha sido rechazada.

Esta noticia se ampliará con la información que se publique mañana en el BOCM.

 

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