El 8 de octubre de 2025 el Parlamento Europeo aprobó en primera lectura un conjunto de enmiendas dentro del paquete legislativo sobre la Organización Común de Mercados Agrícolas (OCM) y la transparencia en la cadena alimentaria. Entre esas enmiendas —conocida como A10-0161/2025— hay una disposición que ha generado la reacción de la industria vegetal, las asociaciones veganas y ecologistas. La UE se muestra favorable a prohibir el uso de hamburguesa vegana.
La enmienda propone reservar los nombres tradicionalmente asociados a productos cárnicos exclusivamente para las partes comestibles de animales. En la práctica, esto significa que términos como “hamburguesa”, “burger”, “salchicha”, “escalope” o “filete” no podrían emplearse para describir alimentos elaborados a partir de proteínas vegetales. La iniciativa fue presentada por la eurodiputada francesa Céline Imart, del grupo del Partido Popular Europeo, que argumentó que “el consumidor tiene derecho a una información clara y no engañosa” y que “usar nombres cárnicos en productos vegetales crea confusión en el mercado”.
Sin embargo, la medida ha sido recibida con preocupación y rechazo por la No Confusion Coalition, liderada por WePlanet y the European Vegetarian Union (EVU), que representa a más de 400 organizaciones, ONG y empresas alimentarias de toda Europa. La coalición ha reaccionado con decepción ante esta votación del Parlamento Europeo que aprueba restricciones a nombres comunes como hamburguesa, salchicha y pollo vegetal para alimentos de origen vegetal. “Prohibir palabras como hamburguesa o salchicha para productos vegetales es innecesario y contraproducente”, explican. “Socava la libertad y la sostenibilidad del consumidor mientras pretende resolver un problema inexistente. Además, va en contra de la agenda europea de innovación y simplificación, añadiendo burocracia y complejidad donde no es necesario”, añaden.
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¿Qué dice el texto aprobado?
El texto de la enmienda establece:
“Los términos y nombres relacionados con la carne que están bajo el artículo 17 del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 y que actualmente se usan para carne y cortes de carne serán reservados exclusivamente para las partes comestibles de los animales.”
En la práctica, esto llevaría a prohibir el uso de hamburguesa vegana, salchicha vegetal o filete de soja, incluso cuando el etiquetado indique claramente que el producto es 100 % vegetal.
Pero… ¿ya se va a prohibir el uso de hamburguesa vegana?

No. La medida no es todavía ley. El Parlamento Europeo ha aprobado su posición, pero el texto debe negociarse con el Consejo y la Comisión Europea antes de publicarse como Reglamento definitivo. Hasta que ese proceso finalice, sigue siendo legal usar denominaciones como hamburguesa vegana o veggie burger, siempre que el etiquetado sea claro y no induzca a error, conforme a la jurisprudencia vigente. Además, existe un precedente jurídico reciente que complica enormemente la aplicación de esta prohibición: la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 4 de octubre de 2024, en el asunto Protéines France y otros.
El precedente del TJUE: “No se puede prohibir por sistema”
En octubre de 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló a favor de varias empresas francesas de alimentos vegetales que habían recurrido una ley nacional que pretendía vetar el uso de términos “relacionados con la carne” (como steak végétal o burger de légumes). El Tribunal declaró que los Estados miembros no pueden imponer prohibiciones generales al uso de esos términos cuando:
- No existe una denominación legal definida para el producto en cuestión (por ejemplo, “hamburguesa” no tiene una definición jurídica exclusiva de carne en la legislación europea, a diferencia de “leche” o “mantequilla”, que sí están protegidas por el Reglamento 1308/2013).
- El etiquetado es claro y no induce a error, es decir, especifica que se trata de un producto vegetal, vegano o a base de plantas.
El dictamen subraya que los consumidores comprenden perfectamente lo que significa hamburguesa vegana y que no hay evidencia de confusión. Por tanto, una prohibición general sería desproporcionada y contraria al derecho de la UE.
Un debate más allá del etiquetado

El debate sobre las denominaciones va mucho más allá del campo de la semántica. Lo que realmente está en juego son millones de euros en el mercado europeo de proteínas vegetales. Según el informe Plant-Based Foods in Europe: How Big is the Market? elaborado por ProVeg International y Smart Protein Project, las ventas de alimentos de origen vegetal en Europa alcanzaron 5,7 mil millones de euros en 2022. Restringir esos términos obligaría a las marcas a inventar nuevos nombres —como “disco vegetal”, “bloque proteico” o “rodaja de legumbre”—, lo que dificultaría la comunicación al público y obstaculizaría la transición hacia dietas más sostenibles.
¿Cuál es la legislación actual?
La normativa europea vigente sobre el nombre de los alimentos se encuentra en el Reglamento (UE) n.º 1169/2011, artículo 17, que establece que:
“El nombre del alimento será su denominación legal. En ausencia de una denominación legal, se utilizará la denominación habitual o, si no la hubiera, una descripción suficientemente precisa para informar al consumidor sobre la naturaleza del alimento y para distinguirlo de otros con los que podría confundirse.”
El reglamento exige información veraz y no engañosa, pero no prohíbe usar nombres tradicionalmente asociados a productos de origen animal si el contexto deja claro que se trata de una alternativa vegetal. Es decir, bajo la normativa actual, “hamburguesa vegana” es perfectamente legal, porque el adjetivo “vegana” elimina cualquier posible confusión.
¿Por qué tanto interés en limitarlo?
Detrás de la enmienda hay una presión creciente del lobby ganadero y de la industria cárnica. Argumentan que usar términos cárnicos confunde al consumidor y “aprovecha la reputación” de productos tradicionales por parte de los vegetales. Por su parte, el sector vegetal sostiene que el lenguaje evoluciona y que “hamburguesa” ya no designa solo carne, sino una forma o formato culinario. De hecho, el uso de esos nombres ayuda a que el consumidor entienda cómo se prepara y consume el producto, sin inducir a error sobre su origen.
En el futuro, una negociación crucial
El texto aprobado por el Parlamento pasará ahora al trílogo (negociación entre Parlamento, Consejo y Comisión). Allí se decidirá si la redacción final mantiene la prohibición total o si se sustituye por una fórmula más flexible que simplemente exija claridad en el etiquetado. La tramitación se puede seguir en el expediente A10-0161/2025 en el portal del Parlamento Europeo y en el Consejo de la UE.
En resumen:
- Reglamento aplicable: (UE) n.º 1169/2011 sobre información alimentaria.
- Jurisprudencia clave: Sentencia TJUE Protéines France y otros (4 octubre 2024).
- Propuesta en trámite: Enmienda A10-0161/2025 (Parlamento Europeo, 8 octubre 2025).
- Situación actual: No hay prohibición vigente.
- Consecuencia si se aprueba: Cambios drásticos en etiquetado y comunicación de productos vegetales en toda la UE.

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